Informe
Comisión de
Reingeniería
"Reingeniería en el proceso
institucional del
CIAPR"
Resumen de cambios
propuestos:
- Añadir dos miembros al Comité
Ejecutivo, un director por los institutos y un director por los
capítulos. Estos miembros
adicionales serán electos entre los presidentes y delegados de los
respectivos componentes y serán los representantes de los
componentes ante el Comité
Ejecutivo.
- Ampliar y extender la responsabilidad y facultad administrativa
del Comité Ejecutivo de corto a mediano plazo, reducir la
responsabilidad y facultad administrativa de la Junta de Gobierno a
sólo los asuntos a largo plazo.
- Eliminar el puesto de delegado de
capítulo a "favor" del presidente de capítulo quien ahora ejercería
ambas funciones.
- Asignar a dos miembros de la Junta de
Gobierno la labor de planificación estratégica y
legislación.
Notas:
- A través de estos directores, el Comité
Ejecutivo estará
facultado para administrar directamente
a los componentes (Informe
reingeniería págs.
9 y
11),
facultades que hara que
los institutos y capítulos, y por ende la
Junta de Gobierno, quede subordinada al Comité
Ejecutivo.
- La reducción a los poderes
fiscalizadores de la Junta de
Gobierno, y el
aumento en composición y facultades del Comité Ejecutivo y su
elevación a Componente Administrativo del
CIAPR
(ibid, pág.
4),
requiere enmendar como mínimo, lo siguiente: los artículos 1 y 2
(cáp. III) y los artículos 1, 4, 13 al 16 (V)
del Reglamento del
CIAPR; el
artículo 6 de la Ley
12 (1980) y la
sección 5 de la Ley
319, esta última,
la ley orgánica que crea y define al CIAPR en
1938.
- Aunque el Reglamento del
CIAPR deja a la discreción del reglamento de cada capítulo el
que su presidente ocupe ambas funciones
(artículo
3, cápítulo
VII), al día de hoy ningún capítulo "aprovecha" esta oportunidad.
Este cambio requiere enmendar los reglamentos de todos los
capítulos.
- Este cambio requiere enmiendas al
artículo 4 (IX) del
Reglamento del
CIAPR que al día de hoy establece una composición
rigurosa con
términos
escalonadosen
la Comisión de Legislación.
ESTE INFORME SERÁ PRESENTADO EN
ASAMBLEA
EXTRAORDINARIA
8:30AM
sábado
, 9 de abril de 2005
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